La Tribuna de Albacete
Las personas extranjeras inician toda la tramitación en el Registro Civil, pero es la Dirección General de los Registros la que resuelve
La certeza de pensar que con la nacionalidad española muchos extranjeros afincados en la provincia de Albacete tendrán más accesible y fácil mantener su estancia en esta tierra, al tiempo que así evitarán los trámites burocráticos de la renovación del permiso de residencia, es lo que les motiva para dar este paso: conseguir la nacionalidad española.
De hecho, en lo que llevamos de año, según datos facilitados por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, a fecha de 21 de agosto ya eran 292 las personas extranjeras residentes en Albacete que habían solicitado en el Registro Civil iniciar los trámites para conseguir la nacionalidad.Unos trámites que son largos en el tiempo, dado que la resolución de los procesos de nacionalidad por regla general se prolonga durante un par de años.
No obstante, los extranjeros interesados en conseguir la nacionalidad española inician la tramitación del expediente en los registros civiles de las ciudades donde viven, aunque es finalmente la Dirección General de los Registros y del Notariado, dependiente del Ministerio de Justicia, quien resuelve el expediente.Concretamente durante el 2007 fueron 24 las personas extranjeras que consiguieron en la provincia de Albacete la nacionalidad española, correspondiente a expedientes iniciados en años anteriores pero que finalmente se resolvieron durante el pasado año.
Un dato que contrasta con el número de solicitudes de nacionalidad que se presentaron durante el 2007 que se elevó a 395.nacionalidades. Además, de las 292 solicitudes que se han presentado ya, desde enero hasta el 21 de agosto de este año, por parte de personas extranjeras que viven en la provincia y que demandan les sea concedida la nacionalidad española, la inmensa mayoría corresponde a ciudadanos colombianos (123 solicitudes), le siguen en número los ciudadanos de nacionalidad boliviana (con 36 peticiones), los ecuatorianos (33), los cubanos (16), peruanos (14), marroquíes (con 11 solicitudes presentadas en lo que llevamos de año), argentinos y venezolanos (con 9 solicitudes, respectivamente), paraguayos (con 7), uruguayos (5), hondureños (4), rumanos, chilenos y paquistaníes (con 3, respectivamente); y ya en menor medida también han pedido este año la nacionalidad, dos senegaleses, dos mejicanos, dos brasileños, un nigeriano, un salvadoreño, un nicaragüense, un chino, un ciudadano de Guinea Ecuatorial, otro de República Dominicana, otro de Estados Unidos, otro de Portugal, otro de nacionalidad argelina y uno de Bangladesh.
Pero las peticiones no acaban aquí, porque en paralelo los funcionarios del Registro Civil de Albacete han seguido dando citas a ciudadanos extranjeros interesados en presentar los trámites para solicitar la nacionalidad, siendo ya entre 160 y 200 las personas citadas desde el 24 de agosto hasta el 24 de noviembre, a una media de cuatro por día.
Además, cuando unos padres extranjeros consiguen la nacionalidad española si tienen hijos entre 14 y 20 años se inicia con ellos un expediente previo para que se les conceda la nacionalidad, un expediente cuya tramitación va más rápido porque ya no hay que presentar toda la documentación previa.beneficios. Los principales beneficios que se obtienen con la nacionalidad española son el pasaporte español y el derecho a votar. Además, con la nacionalidad los extranjeros adquieren el derecho a trabajar y residir en cualquier país de la Unión Europea. Unido a ello, se encuentran otras ventajas menores, como el hecho de poder disfrutar de tarifas de ciudadano comunitario en museos y otras instituciones, acceso a viviendas de protección oficial, etc.
La posesión del DNI español conlleva además beneficios indirectos, por ejemplo a la hora de solicitar un crédito o para tramitar un contrato de teléfono móvil. En definitiva, cualquier trámite administrativo se acorta con la nacionalidad española.
Sin embargo, no todos los extranjeros obtienen la nacionalidad con la misma facilidad. Cualquier ciudadano foráneo que haya residido un tiempo determinado puede pedirla. Para la concesión de la nacionalidad por residencia es necesario que ésta haya sido legal y de forma continuada y que al menos haya durado diez años.
En el caso de las personas que hayan obtenido asilo o refugio será suficiente residir durante cinco años y se exigirán dos años en el caso de nacionalidades de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o los sefardíes. Además, los ciudadanos iberoamericanos no tienen obligación de renunciar a su nacionalidad para obtener la española ya que se les reconoce la doble nacionalidad.
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